TRAMITACIÓN DE AYUDAS PARA PROYECTOS DE CARÁCTER PRODUCTIVO

El plazo para presentar solicitudes comenzará desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la provincia de Zamora hasta el 31 de diciembre de 2027.

Pasos a seguir para realizar una solicitud de ayuda y su tramitación en el marco de LEADER 2023-2027 en el ámbito territorial de la Asociación para el Desarrollo de Aliste, Tábara y Alba “ADATA”:

  1. SOLICITUD DE AYUDA Y APORTACION DE DOCUMENTACION

La solicitud de ayuda se puede realizar por las siguientes vías:

– De forma presencial, en la sede del Grupo de Acción Local Asociación PARA EL Desarrollo de Aliste, Tábara y Alba, situada en Plaza del Reloj, nº 7, 49500 Alcañices (Zamora).

– De forma telemática, a través de la aplicación informática de la Junta de Castilla y León: Gestión de ayudas LEADER externas (GALE), a la que se accede a través de la URL https://particulares.ayg.jcyl.es/, que se encuentra alojada en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Junto con la solicitud de ayuda se deberá presentar una serie de documentación en función de la naturaleza del proyecto y tipo del promotor, que está disponible en el manual de procedimiento.

Si no aporta toda la documentación necesaria, le será requerida otorgándole un mes para su aportación. En el supuesto de no ser entregada se procederá a archivar la solicitud de ayuda.

  1. COMPROBACION DE NO FINALIZACIÓN DE LAS INVERSIONES

Una vez registrada la solicitud de la ayuda, y en el plazo máximo de 10 días, los técnicos del Grupo de Acción Local ADATA realizarán una visita para certificar el no inicio o la no finalización de las inversiones incluidas en el expediente de ayuda.

  1. CONCESION O DENEGACION DE AYUDA POR LA JUNTA DIRECTIVA DEL GRUPO

La Junta Directiva de ADATA emitirá la resolución de aprobación o denegación de la ayuda en el plazo máximo de 6 meses desde el registro de la solicitud de la ayuda.

Para que una solicitud de ayuda sea aprobada por el Grupo de Acción Local, se deberá disponer previamente del informe vinculante de subvencionalidad positivo, emitido por la Junta de Castilla y León.

  1. FIRMA DEL CONTRATO DE AYUDA

La resolución concediendo o denegando la ayuda se notificará al beneficiario en el plazo máximo de 10 días desde su adopción y el beneficiario dispone de 1 mes para aceptar la ayuda concedida, firmando así el contrato de ayuda.

Si el beneficiario no estuviera de acuerdo con la resolución, podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Dirección General de la Industria y la Cadena Agroalimentarias y, en todo caso, recurso contencioso administrativo ante la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

  1. EJECUCIÓN DE LAS INVERSIONES

Con carácter general el plazo para la ejecución de las inversiones será de 18 meses, no obstante la Junta Directiva podrá fijar un plazo menor o mayor en función de las características de la inversión, el volumen de obra, duración prevista de los trabajos etc.

  1. VISITAS INTERMEDIAS

Técnicos del grupo realizarán visitas durante la ejecución del proyecto en función de las características y/o certificaciones del mismo.

  1. COMUNICACIÓN DE FINALIZACION DE LAS INVERSIONES

El beneficiario deberá comunicar la finalización del proyecto y la solicitud de pago y presentar la documentación exigida para su certificación dentro del plazo establecido en el contrato de ayuda para la ejecución de las inversiones.

La documentación requerida para la justificación del expediente se le indicará con la comunicación de la resolución de la ayuda.

El beneficiario podrá tramitar la aprobación de un máximo de 5 certificaciones parciales por expediente, incluida la última.

  1. COMPROBACION DE FINALIZACION DE LAS INVERSIONES

Una vez presentada la solicitud de pago, los técnicos del grupo realizarán una visita final al proyecto para comprobar la realización de las inversiones.

  1. CERTIFICACION DE LAS INVERSIONES POR LA JUNTA DIRECTIVA

Una vez aportada la documentación de la justificación del expediente, la Junta Directiva de ADATA resolverá respecto a la certificación del proyecto.

Si el beneficiario no estuviera de acuerdo con la resolución, podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Dirección General de la Industria y la Cadena Agroalimentarias y, en todo caso, recurso contencioso administrativo ante la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

  1. PAGO DE LA AYUDA

Una vez certificado el expediente y superados los controles pertinentes, el Grupo solicitará los fondos públicos al Organismo Pagador (Consejería de Agricultura y Ganadería de la Junta de Castilla y León). Una vez recibidos los fondos, se procederá al pago de la subvención al beneficiario en un plazo máximo de 7 días naturales.

  1. SEGUIMIENTO Y CONTROL

Los compromisos adquiridos deberán mantenerse durante, al menos, 3 años desde la fecha del pago final de la ayuda.

DOCUMENTACIÓN A APORTAR CON LA SOLICITUD DE AYUDA O DE SUBROGACIÓN DE EXPEDIENTES DE CARÁCTER PRODUCTIVO

1.- Acreditación de personalidad del titular

A efectos de justificar la representatividad del solicitante, según el caso que se trate se acompañará la siguiente documentación:

  • Personas físicas: NIF/NIE, salvo que autorice la consulta electrónica de sus datos a la Administración, marcando la casilla correspondiente de la Solicitud de Ayuda.
  • Personas jurídicas: documentos acreditativos de la personalidad jurídica del solicitante: NIF, Escritura de Constitución, y posteriores modificaciones si las hubiera, siempre que la última presentada no contemple la totalidad de los datos correspondientes a dicha escritura. El representante deberá aportar el DNI.
  • En el caso de Comunidad de Bienes u otras entidades de tipo comunal: NIF del solicitante y documentos acreditativos de su constitución como; escritura pública o privada, estatutos, pactos. Los comuneros manifestarán sus respectivas manifestaciones en la cosa común y asumirán su responsabilidad solidaria en las obligaciones derivadas del expediente.

2.- En caso de tramitar la solicitud de ayuda mediante una representación, se presentará una autorización para realizar trámites electrónicos del representante ante la administración. (Modelo Autorización descargable desde la aplicación GALE, consultar)

Será necesario para ello, que el solicitante posea previamente el Código Personal de Identificación.

3.- Documentación a presentar en caso de solicitar financiación por la adquisición de inmuebles y terrenos

  • En el caso de compra de terrenos y solares: certificado de un tasador independiente cualificado o e un organismo debidamente autorizado, que confirme que el precio de compra no excede del valor de mercado.

El GAL deberá acreditar mediante un acta que los terrenos no están edificados y solamente será elegible la compra de terrenos por un valor máximo del 10% de la inversión subvencionable del total del proyecto. Se podrá verificar a partir del Acta de no Finalización o mediante un Acta de visita in situ, cuando esta verificación se realice en momento posterior a la emisión del acta de no finalización.

  • En el caso de compra de edificios (incluyendo en su caso los terrenos sobre los que se asientan): Certificado de un tasador independiente debidamente cualificado o de un organismo debidamente autorizado, donde se compruebe que el precio de compra no excede el valor de mercado. El coste máximo subvencionado no podrá sobrepasar el 25% de la inversión total auxiliable.

El vendedor del inmueble deberá acreditar ¡mediante una Declaración Responsable que los bienes inmuebles no han recibido ninguna subvención nacional o comunitaria en los últimos diez  años anteriores a la transación

4.- Documentación acreditativa de la propiedad o disponibilidad del inmueble donde se ejecutará el proyecto.

El solicitante presentará documentación acreditativa de la propiedad del inmueble o terrenos donde se ejecutará el proyecto, o de su autorización de uso por tiempo al menos superior al de justificación de los compromisos derivados de la ayuda.

5.- Certificados de encontrarse al corriente de pagos con Hacienda y Seguridad Social.

El solicitante podrá optar por aportar estos documentos junto a la Solicitud de ayuda, o bien podrá autorizar la consulta de los mismos a la Consejería de Agricultura y Ganadería y Desarrollo Rural, mediante la aplicación informática GAL, teniendo en cuenta el consentimiento expreso contenido en la solicitud de ayuda.

Solamente podrá procederse a la aprobación y pago de la ayuda cuando la entidad solicitante se encuentre al corriente de las obligaciones fiscales y de la seguridad social o bien tuvieran concedido un aplazamiento de pago.

6.- Acreditación del tamaño de la empresa

Estos documentos se utilizarán a los efectos de comprobar el requisito de PYME del solicitante /número de trabajadores, volumen anual de negocios y en su caso Activo del balance de acuerdo con la recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 1003 sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresa número C (2003) 1422. En función de la naturaleza jurídica del solicitante se requerirá:

6.1.- SOCIEDADES CON PERSONALIDAD JURÍDICA

El total de Volumen de negocios se calculará sin incluir el IVA, ni los tributos indirectos.

Sociedades Mercantiles y sociedades civiles sin personalidad jurídica y objeto mercantil:

– Cuentas anuales registradas e impuesto de sociedades: últimas cuentas anuales registradas e impuesto de sociedades del último ejercicio presentado tanto de la entidad solicitante como de:

  1. a) Otras sociedades mercantiles partícipes en la solicitante con un 25% o más de su capital social.
  2. b) Las sociedades en las que participa la solicitante, siempre que su participación sea igual o superior al 25% de su capital social.

En el caso de que existan personas físicas partícipes en la solicitante con un 25% o más de su capital social: Autorización de las personas físicas partícipes para ye por parte de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, se lleven a cabo los cruces con la AEAT a efectos de conocer si estas personas físicas participan a su vez con porcentajes iguales o superiores al 25% del capital social en otras empresas que operen en el mismo mercado, o en mercados contiguos.

Entidades sin ánimo de lucro:

– Cuentas anuales correspondientes al último ejercicio anterior a la fecha de la solicitud.

– Última declaración del impuesto de sociedades o declaración jurada de estar exento del impuesto.

– Presupuesto anual de la entidad.

6.2.- ENTIDADES SIN PERSONALIDAD JURÍDICA

Comunidades de Bienes y Sociedades civiles sin personalidad jurídica:

– Certificado de la Agencia Tributaria, Modelo 184, del ejercicio cerrado anterior a la solicitud.

– Autorización de las personas físicas partícipes para que por parte de la Consejería de Agricultura, Ganadería y desarrollo Rural se lleven a cabo los cruces con la AEAT a efectos de conocer si éstas personas físicas participan a su vez con porcentajes iguales o superiores al 25% del capital social en otras empresas que operen en el mismo mercado o en mercados contiguos.

6.3.- AUTONOMOS: (el periodo de referencia será el ejercicio cerrado anterior a la solicitud de ayuda):

– En el caso de tributar por estimación directa: Cuentas anuales del último ejercicio registrado oficialmente (legalizadas en el Registro Mercantil, u otro Organismo similar).

– En el caso de tributar por estimación directa simplificada. Libro de Registros de Ventas e Ingresos del año inmediatamente anterior a la solicitud de ayuda. Se tomará como volumen anual y activo del balance en la solicitud, el declarado por el solicitante.

– Declaración I.R.P.F., en caso de que no se disponga de la documentación anterior.

– Autorización de la persona física para que por parte de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural se lleven a cabo los cruces con la AEAT.

7.- Memoria del solicitante (documento descargable)

En dicho documento el promotor aportará los datos necesarios para que se puedan valorar los criterios de selección del expediente, baremar la ayuda que le pueda corresponder y finalmente elaborar el Informe Técnico-Económico.

Su objetivo esencial será la justificación por parte del solicitante de la viabilidad técnica, económica y financiera según los casos.

El modelo de la memoria del solicitante se corresponde con el anexo 06 GAL 04 en el caso de proyectos productivos.

8.- Certificado de titularidad de cuenta bancaria.

En él se indicará la cuenta bancaria del solicitante en la que se abonarán las subvenciones.

9.- Documentación técnica de la obra civil

Cuando las inversiones previstas contemplen la ejecución de obra civil, se deberán aportar los documentos técnicos exigidos para su ejecución (Memoria Valorada; Proyecto Básico o Proyecto de Ejecución) por la Administración competente.

Caso de aportarse Proyecto Básico en esta fase, antes de la formalización del contrato, el solicitante deberá presentar el Proyecto definitivo de Ejecución.

Si el promotor dispone de copia digital del proyecto de ejecución, esta deberá ser incorporada al Programa Informático Leader.

A la aplicación informática GALE, al menos se incorporará la documentación que permita valorar las inversiones: memoria, resumen del presupuesto y planos (localización, planta, alzados y distribución).

10.- Documentación justificativa de la moderación de costes

El solicitante deberá presentar la documentación exigida por el GAL para justificar la moderación de costes de acuerdo con  lo establecido en el  Manual de Procedimiento y en el Procedimiento Interno de Gestión (PG) del Grupo. En el caso de ADATA, se ha establecido el sistema de comparación de ofertas, por el cual el solicitante de ayuda deberá aportar al menos 3 ofertas comparables de diferentes proveedores y referidas a cada inversión/gasto objeto de auxilio económico.

Las ofertas podrán ser emitidas por empresas proveedoras no vinculadas entre sí, ni con el solicitante de la ayuda.

En el caso de catálogos comerciales y capturas de pantalla de páginas Web, en las que no figuran los datos fiscales del proveedor, se beberán identificar estos de la siguiente manera:

  1. a) Caso de proveedores nacionales: NIF.
  2. b) Resto de proveedores: cualquier identificador de carácter mercantil, comercial, o fiscal, que permitas vincular al proveedor con la oferta presentada.

11.- Informe de vida Laboral

Se deberá aportar un Informe de Vida Laboral, emitido por la Seguridad Social, correspondiente al año natural anterior al que se presenta la solicitud de ayuda.

En el caso de que los solicitantes de ayuda sean sociedades con personalidad jurídica, se deberá recabar al solicitante de ayuda la Vida Laboral o Informe de Plantilla Media de la Seguridad Social tanto suya como,

  1. De otras sociedades mercantiles partícipes en la solicitud con un 25% o más de su capital social.
  2. B) De las sociedades en las que participa la solicitante, siempre que su participación sea igual o superior al 25% de su capital social.

12.- Acreditación de la viabilidad financiera del proyecto.

El solicitante presentará los documentos necesarios que acrediten la disponibilidad de recursos propios o la posibilidad de obtener financiación ajena para realizar las inversiones.

13.- Declaraciones y compromisos del solicitante

El solicitante en su solicitud de ayuda aceptará una serie de compromisos y declaraciones imprescindibles para su  tramitación:

  • Declaración de ayudas obtenidas y/o solicitadas a otros Organismos o Administraciones Nacionales, Autonómicas o Locales para la misma iniciativa para la que se solicita subvención, con objeto de poder comprobar su compatibilidad con las ayudas del LEADER.
  • Compromiso de generación o mantenimiento de empleo para inversiones productivas y, en su caso, para no productivas, durante los tres años siguientes al pago final de la ayuda.
  • Compromiso de respetar el destino de la inversión durante, al menos, 3 años desde el pago final de la ayuda.
  • Declaración responsable de no ser deudor por Resolución de Procedencia de Reintegro de Subvenciones, según la Ley 38/03, Ley General de subvenciones, desarrollada por el RD 887/06 (ver artículo 25).
  • Compromiso de poner a disposición del Grupo, de la Junta de Castilla y León, de la Comisión de la UE o de los Órganos de Control establecidos, la documentación necesaria para que éstos puedan recabar información precisa y verificar la inversión o gasto, hasta los años siguientes al pago final de la ayuda.

OTROS DOCUMENTOS  A APORTAR ANTES DE LA FIRMA DEL CONTRATO:

Antes de la firma del contrato de ayuda se deberán entregar además:

1.- Proyecto técnico de ejecución de la obra civil.- Siempre que las inversiones  contemplen la ejecución de obra civil y en la fase de solicitud se hubiera aportado un proyecto básico, se requerirá la presentación del correspondiente proyecto de ejecución.

2.- Permisos, inscripciones y registros.- Deberá disponerse de los permisos, inscripciones y registros necesarios para el inicio de las inversiones, salvo que por parte del Grupo se autorice la presentación en un momento posterior, que en todo caso no podrá ser posterior a la fecha establecida para la ejecución del proyecto.

DOCUMENTACIÓN A APORTAR PARA JUSTIFICAR LA EJECUCIÓN DE LAS INVERSIONES Y SU CERTIFICACIÓN:

1.- Facturas y documentos de pago

La justificación documental de las inversiones o gastos subvencionados habrá de acreditarse mediante facturas pagadas o documentos contables de valor probatorio equivalente, junto con los títulos o documentos bancarios o contables que, en su caso, aseguren la efectividad del pago. No se admiten pagos en metálico.

2.-Permisos, inscripciones y registros

Se deberá disponerse de los permisos necesarios que constaten la autorización para ejercer la actividad prevista, como permisos de apertura u otra certificación afín. También se deberá aportar la inscripción en los registros oficiales que existan para las actividades objeto de ayuda.

3.- Informes de vida laboral

 Este documento se deberá aportar junto a la solicitud de pago final. En expedientes que tengan repercusión sobre el nivel de empleo, deberá constar informe/s de Vida Laboral, emitido por la Seguridad Social, que abarque el periodo que comprende desde el año natural anterior al año en que se presenta la solicitud de ayuda hasta el momento en que se hayan formalizado los contratos de trabajo vinculados a ka ejecución del proyecto subvencionado.

Cuando resulte necesario valorar niveles de empleo en empresas con una alta movilidad de trabajadores, podrá complementarse con “Informes del número anual medio de trabajadores”.

4.- Informe de repercusiones sobre la Red Natura 2000 (IRNA)

Se deberá obtener un IRNA de acuerdo con las siguientes condiciones:

  1. Proyectos o actuaciones sometidos a evaluación de impacto ambiental o autorización ambiental.
  1. Proyectos que tengan una repercusión física sobre el territorio para las que deberá recabarse un IRNA expreso e individualizado:

b.1  Proyectos ubicados sobre terreno rústico que supongan un cambio de uso forestal, una modificación del suelo o la cubierta vegetal.

b.2 Proyectos ubicados sobre terreno rústico que presentan coincidencia geográfica con:

Zonas Natura 2000, Espacios naturales protegidos, Áreas críticas de planes de manejo de especies, Ejemplares incluidos en el catálogo regional de árboles notables, Zonas húmedas catalogadas, Montes de utilidad pública, Vías pecuarias, Dominio hidráulico o su zona de servidumbre.

  1. Proyectos ubicados sobre suelo urbano y que afectando de alguna manera a la estructura de edificaciones existentes, se verifique la existencia de colonias de cernícalo primilla o quirópteros.

Estarán exentos de recabar el informe IRNA de manera expresa e individualizada los expedientes sin plasmación física sobre el territorio y aquellos que teniendo plasmación física sobre el territorio no estén incluidos en los apartados anteriores.

 

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